Regalar dinero sin informar a la administración puede ser fraude

Capital Intereconomía - En podcast av Radio Intereconomía - Tisdagar

Regalar dinero sin informar a la administración puede ser una conducta fiscalmente fraudulenta. En el consultorio de herencias de Radio Intereconomía, Itziar Pernía Gómez, Socia Directora de Legal por Naturaleza, ha señalado cómo “informar es obligatorio”, incluso aunque se trate de una operación dentro de la familia. Explicaba que “lo ideal es formalizar un contrato de préstamo entre familiares que no llevan interés y se puede hacer en documento público o privado”. Una vez que está hecho, la experta apuntaba que se puede guardar en un cajón tras presentarlo a la administración, sin perder de vista los plazos. “Hay que presentarlo en 30 días y es exento de pago. Después, decía, habrá que declararlo en la renta”. Informar es obligatorio Pernía subrayaba que “informar es obligatorio, luego hay que ver las consecuencias económicas”. Recuerda que un préstamo, se supone que hay que devolverlo, aunque otra cosa es lo que decidan las partes y si se incluye de cara al testamento. Si no se formaliza el préstamo familiar y pasa el tiempo, la administración puede entender que es una donación en metálico, sin pago de impuestos y por lo tanto es una donación encubierta. Eso sí, apuntaba Pernía es un fraude fiscal y esto “genera además del pago, que lo va a girar la administración de oficio, sanciones y recargos”. Es innecesario para donante y donatario :”quien debe presentar el impuesto de donaciones es el donatario y el donante lo tiene que declarar en su renta”. Donación colacionable Si se quiere perdonar el préstamo y siempre, una vez que se haya hecho el documento privado o público, se puede añadir en el testamento que se perdona/condona la deuda. “Entendemos que es una donación no colacionable, pero en forma de préstamo”. ¿Qué es la donación colacionable? Mediante un negocio jurídico que se denomina donación se da un bien (casa, joya, dinero…), pero de cara a la futura herencia, puede ser un anticipo -colacionable- o no. Es decir ese bien hay que llevarlo de nuevo a la herencia. “Si es no colacionable es una liberalidad” y no tiene impacto en la herencia. Ideas claves -“No se regala dinero, ni bienes. Se habla de préstamo o donación” -Decidir si es colacionable o no, siempre. -Hacer testamento. -Cumplir los plazos. La administración siempre debe estar informada y no verla como un enemigo. -Todo tiene consecuencias fiscales. -Hay que hacer las cosas bien, desde el minuto 1.

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